¿Cómo afecta a las PYMES el nuevo registro de la jornada laboral?

El 12 de marzo de 2019 se publicó en el BOE el Real Decreto-Ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. Dicha normativa, entre otras cuestiones, establece la obligatoriedad de todas las empresas a llevar un control y registro de la jornada laboral de sus trabajadores, lo que comúnmente se conoce como «fichar» en el trabajo. Dicha medida ha generado incertidumbre y numerosas dudas en las pequeñas y medianas empresas (PYMES) sobre cómo deben adaptarse a la nueva normativa. A continuación damos respuesta a algunas de las cuestiones más fundamentales.

¿Tienen las PYMES obligación de llevar a cabo el control y registro de la jornada laboral de sus trabajadores?

Sí. La nueva normativa es aplicable a cualquier empresa, sin excepción, incluida las PYMES, independientemente del tamaño o facturación de la misma.

¿Cuando entra en vigor?

La medida fue aprobada por el Gobierno el pasado 12 de marzo, estableciéndose un plazo de 2 meses para que las empresas pudieran adaptarse a la nueva situación. De esta forma, desde el pasado domingo, 12 de mayo, dicha normativa se encuentra en vigor y es aplicable a todas las empresas.

¿En qué consiste el control y registro de la jornada laboral?

La nueva normativa obliga a todas las empresas a llevar a cabo un control diario de la jornada laboral de cada uno de sus trabajadores, debiendo registrar el horario exacto de entrada y salida en el trabajo, así como los momentos de pausas o descansos.

¿Cómo debe realizarse el registro?

La Ley no detalla la forma en que debe realizarse dicho control. Puede llevarse a cabo a través de métodos biométricos, telemáticos, o la clásica forma de fichar físicamente a través de una tarjeta de acceso al centro de trabajo. Pero también puede ser un registro mucho más sencillo, como llevar el seguimiento a través de una hoja de Excel donde se recoja la hora de entrada y salida en la que firme el trabajador conforme está de acuerdo.

En otros casos, en trabajos donde no hay un lugar de trabajo físico, como pueden ser los comerciales, la jornada laboral la puede comunicar el propio trabajador a través, por ejemplo, de un correo electrónico.

¿Qué ocurre si una empresa no lleva a cabo dicho control?

Las empresas que no se adapten a la nueva normativa se exponen a una sanción grave que implica una multa de entre 626 a 6.250 euros.

¿Qué finalidad tiene esta nueva medida?

El Gobierno persigue con esta normativa erradicar los abusos con las horas extra,  garantizando una jornada de trabajo previsible, una retribución proporcional, una mejor conciliación, y un mayor respeto a las horas de descanso, de manera que desde el fin de una jornada hasta el inicio al día siguiente deberán pasar doce horas. De esta forma, según defienden los sindicatos, este control puede hacer que afloren millones de horas extras no pagadas y nuevos puestos de trabajo.

Tags:

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *